Cuando te acostumbras a una rutina, a un ambiente, y una ciudad, o a una pareja, te da la sensación que eso nunca vaya a cambiar, y te acomodas pensando que en tu futuro, eso con lo que convives a diario, seguirá ahí. Pero luego, surge otra oportunidad de trabajo, conoces gente nueva, tienes que cambiar de ciudad, incluso de país, ROMPIENDO LO QUE ERA TU MUNDO HASTA HOY, y se te hace cuesta arriba, una cuesta arriba imposible de subir, y piensas que es imposible asumir todo ese cambio, pero luego TE PARECE UNA SITUACIÓN DE CAMBIO, PERO A MEJOR.
En mi caso, tuve que acostumbrarme a los cambios, y sufrir una mudanza a un pueblo por trabajo, algo que aterroriza, y que supone un reto; quieres mantener tu vida, pero vives lejos de donde te habías acomodado, lo que cambia tu rutina, y muchos aspectos de la vida. Pero lo que me parecía un cambio difícil pero necesario, se convirtió en un cambio muy favorable, conocí nuevas costumbres, y diferentes visiones, y recuerdos de un lugar increíble, por lo que descubrí que los cambios, son duros, pero muchas veces buenos.
Una situación similar es cuando, estando en un piso de alquiler, al que ya te has acostumbrado, y en el que pensabas vivir muchos años, resulta que el arrendatario decide vender ese piso, es subastado, o lo necesita el dueño para que sea su propia vivienda. En el momento que te lo plantean piensas que es algo injusto, en lo que no puedes influir y piensas que estas desprotegido, pero incluso en ese momento tenemos opciones, y podemos encontrar un lado bueno de ello.
Lo primero es comprobar que se especifica en nuestro contrato de arrendamiento en caso de venta, o de necesidad del propietario para vivienda habitual, pero en caso que no diga nada se aplica lo siguiente;
Por un lado, si nos encontramos con que al propietario le embargan el piso, por impago o similar, pensad que la entidad bancaria está obligada a mantener vuestro contrato de alquiler durante los cinco primeros años desde que se realizó el contrato, y lo más importante aún, PODEIS INTENTAR RENEGOCIAR LAS CONDICIONES con el nuevo dueño, y hacer que el alquiler se base en el valor actual del inmueble, lo que, teniendo en cuenta la caída de los precios de los pisos, lo más seguro es que baje, pero como mínimo tenéis la seguridad de que las condiciones del antiguo contrato deben mantenerlas.
Un caso similar ocurre en caso que el propietario quiera vender el piso, pero con la posibilidad añadida de que tienes un derecho de adquisición preferente sobre el mismo, por lo que si quieres puedes hacer una oferta, y por un precio razonable (dada la situación actual económica) puede que pases de inquilino a propietario sin notar la diferencia en el bolsillo. Y si no te interesa esta opción siempre puedes seguir de inquilino, ya que como antes, los nuevos propietarios deben manteneros como inquilinos los primeros cinco años de alquiler.
Finalmente, hay una situación, que aunque se reflejaba en la Ley de Arrendamientos Urbanos, nunca ha tenido tanta repercusión como en la actualidad; en caso que el dueño (a causa de su situación personal y económica) necesite utilizar la vivienda arrendada, como su vivienda habitual, o la de sus familiares de primer grado de consanguinidad o adopción, o su cónyuge en caso de que exista sentencia de divorcio, y que dicha necesidad sea previsible en ese momento o para los próximos 5 años. En este caso el propietario puede negarse a realizar la prórroga del contrato. Sin embargo, la ley trata de aportar seguridad al inquilino, obligando a que, en caso de alegar esta causa, se deba trasladar antes de 3 meses, desde el desalojo, a la vivienda, o sino el inquilino podrá pedir indemnización por los gastos de traslado, y restituir el contrato de alquiler por 5 años más, en idénticas condiciones.
Por lo que es posible, que una noticia desastrosa, acabe siendo una oportunidad de cambio, ya sea a unas mejores condiciones del contrato, o a ser un nuevo propietario, o a un nuevo piso, dejando atrás los malos recuerdos del anterior, por lo que sobretodo antes de pensar que se trata de una situación negativa, consulta a un abogado, las posibles formas de sacar ventaja, y SALIR BENEFICIADO DEL MAL PASO.